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Genocidio en Gaza: Obligaciones Legales, Incumplimiento del Deber y el Costo de la Complicidad

A 21 de julio de 2025, el genocidio en curso en Gaza no es solo una catástrofe humanitaria, sino una acusación devastadora contra el orden jurídico internacional. Con más de 60,000 palestinos asesinados, una hambruna que consume más de un millón de vidas y la infraestructura de Gaza reducida a escombros, el mundo enfrenta una verdad singular: se ha cometido un genocidio, y aquellos que tenían el deber legal y moral de prevenirlo han fallado. Este ensayo describe las obligaciones internacionales vinculantes desencadenadas por la Convención sobre el Genocidio y las decisiones del Tribunal Internacional de Justicia (CIJ), el incumplimiento de ese deber por parte de estados clave y el profundo costo —legal, ético y reparativo— de su complicidad.

Obligaciones Legales bajo la Convención sobre el Genocidio

La Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio de 1948 impone una clara obligación a todos los estados signatarios:

“Las Partes Contratantes confirman que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un crimen de derecho internacional que se comprometen a prevenir y castigar.”

El genocidio se define en el Artículo II como:

“Cualquiera de los siguientes actos cometidos con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal: (a) Matar a miembros del grupo; (b) Causar daño físico o mental grave; (c) Infligir deliberadamente condiciones de vida destinadas a provocar la destrucción física; (d) Prevenir nacimientos; (e) Transferir forzosamente a niños.”

La conducta de Israel en Gaza —incluyendo asesinatos masivos, hambruna deliberada, la destrucción de hospitales, tierras agrícolas y hogares— satisface claramente el actus reus del genocidio.

El Tribunal Internacional de Justicia (CIJ) afirmó en su fallo de 2007 en Bosnia y Herzegovina contra Serbia y Montenegro:

“La obligación de un Estado de prevenir, y el correspondiente deber de actuar, surge en el instante en que el Estado tiene conocimiento, o normalmente debería haber tenido conocimiento, de la existencia de un riesgo grave de que se cometa un genocidio.”

Esta obligación es de conducta, no de resultado. Los estados deben actuar con todos los medios disponibles, proporcionales a su influencia.

En enero de 2024, la CIJ determinó en Sudáfrica contra Israel:

“Los hechos y circunstancias son suficientes para concluir que al menos algunos de los derechos reclamados por Sudáfrica… son plausibles. Esto incluye el derecho de los palestinos en Gaza a ser protegidos de actos de genocidio.”

Esto desencadenó deberes legales inmediatos para todos los estados parte. Según el Artículo 41, estas medidas provisionales son vinculantes. No actuar desde ese momento en adelante constituye una violación del derecho internacional.

Incumplimiento del Deber por Parte de Estados Poderosos

A pesar de la claridad legal, los estados más poderosos del mundo —Estados Unidos, Alemania y el Reino Unido— no solo han fallado en cumplir con sus obligaciones, sino que han habilitado activamente el genocidio.

Según el Artículo III(e) de la Convención, la “complicidad en el genocidio” es en sí misma un delito. Estos estados, a través de su apoyo material y su falta de intervención, han cruzado ese umbral.

Intención Genocida: De la Retórica a la Realidad

El mens rea del genocidio —la intención de destruir a un grupo— no necesita ser adivinado. Ha sido declarado repetidamente por líderes israelíes:

“Los palestinos son como animales, no son humanos.”
Eli Ben Dahan, 2013, Miembro de la Knéset

“Estamos luchando contra animales humanos y actuamos en consecuencia.”
Yoav Gallant, 9 de octubre de 2023, Ministro de Defensa de Israel

“Dejar que los residentes de Gaza mueran de hambre podría estar justificado y ser moral…”
“Hemos estado desmantelando Gaza por completo… El ejército no dejará piedra sobre piedra.”
Bezalel Smotrich, 5 de agosto de 2024, Ministro de Finanzas de Israel

“La única solución es quemar toda Gaza con su gente de una vez.”
“Nuestro objetivo común es borrar a Gaza de la faz de la tierra. Quemen Gaza ahora.”
Nissim Vaturi, 20 de noviembre de 2023, Vicepresidente de la Knéset

“El ejército debe encontrar formas más dolorosas que la muerte para los civiles en Gaza.”
“Matarlos no es suficiente.”
Amichai Eliyahu, 5 de enero de 2024, Ministro de Patrimonio de Israel

“No existen inocentes. Gaza debe ser arrasada.”
“No permitiremos que entre un solo gramo de ayuda a Gaza hasta que su pueblo suplique y se arrodille.”
Itamar Ben Gvir, 2024, Ministro de Seguridad Nacional de Israel

“Cada niño en Gaza es un enemigo. Debemos ocupar Gaza hasta que no quede ni un solo niño.”
Moshe Feiglin, 22 de mayo de 2025, Exmiembro de la Knéset, líder del partido Zehut

Estas declaraciones no son florituras retóricas. Son confesiones abiertas de intención genocida. Combinadas con la conducta de Israel —asesinatos masivos, hambruna, destrucción urbana— forman un caso legal completo para el genocidio.

El Costo de la Complicidad: Reparaciones y Responsabilidad

Las consecuencias legales del genocidio no terminan con la condena. Incluyen reparaciones.

Siguiendo la lógica de la CIJ en Bosnia y las normas del Tribunal Penal Internacional centradas en la justicia para las víctimas, las reparaciones deben ser pagadas no solo por los perpetradores, sino también por los estados que no previnieron o habilitaron materialmente el crimen.

Las reparaciones deben incluir:

La financiación debería recaudarse a través de un fondo administrado por la ONU. Acciones legales, nacionales e internacionales, pueden obligar al cumplimiento. El fallo final de la CIJ —aún pendiente— podría transformar este requisito en obligaciones ejecutables.

Alemania, que ha pagado reparaciones a Israel durante los últimos 77 años en reconocimiento de sus crímenes durante el Holocausto, ahora se encuentra en el otro lado de la historia. A través de su inacción —y peor aún, a través de su apoyo directo mediante envíos de armas— ha asegurado que probablemente deberá reparaciones al pueblo palestino durante los próximos 77 años. Su capital moral de posguerra no se ha gastado en justicia, sino en perpetuar la injusticia.

En cuanto a Israel —el principal perpetrador del genocidio— su responsabilidad puede no terminar con la restitución financiera. Dado el enorme alcance de la destrucción, el desplazamiento y el desafío al derecho internacional, Israel podría no ser capaz de cumplir con sus obligaciones reparativas únicamente con medios monetarios. En tal escenario, la restitución territorial —la devolución de tierras robadas a sus legítimos propietarios palestinos— puede surgir no solo como un imperativo moral, sino como una necesidad legal.

Conclusión: Deber Violado, Justicia Exigida

El genocidio en Gaza no ocurrió en secreto. Se desarrolló en vivo, a la vista de un mundo legalmente obligado que eligió la inacción.

Las obligaciones legales eran claras. El incumplimiento del deber fue deliberado. El costo de la complicidad ahora debe pagarse.

Este no es solo el crimen de Israel. También pertenece a los estados que lo financiaron, armaron y defendieron. Las reparaciones, los enjuiciamientos y el ajuste de cuentas histórico no solo son posibles, sino necesarios.

Alemania, el autoproclamado guardián de la moralidad posterior al Holocausto, se verá obligada a rendir cuentas por sus dobles estándares. E Israel, tras haber destruido a un pueblo y agotado su propia legitimidad, podría descubrir que su única moneda restante es la tierra que tomó por la fuerza —y que ahora debe devolver.

“Nunca más” no es un eslogan. Es una responsabilidad. Y en Gaza, el mundo la ha fallado.

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